Estimadas y estimados socios cooperados,
Citamos a asamblea extraordinaria el próximo Martes 19 de Noviembre a las 11:00 am de manera virtual vía google meet en el SIGUIENTE LINK, para discutir en conjunto la mejor manera de abordar el cambio de ley respecto al registro de asociaciones culturales. El cambio que se comunicó hace pocos días nos deja fuera de lo estipulado para poder continuar operando exentos de impuestos, lo que merma directamente nuestros ingresos totales como cooperativa y por ende los ingresos de los cooperados individualmente.
También aprovecharemos la instancia para someter a votación una ampliación en el objeto de la cooperativa para poder ampliar los giros económicos.
Respecto a los cambios en la ley de asociaciones culturales, para poder continuar operando exentos de impuestos, debemos cumplir las siguientes condiciones:a. Deben ser sociedades Limitadas, EIRL, sociedades colectivas o civiles o cooperativas.
b. Conformarse exclusivamente por personas naturales.
c. Todos los socios deben trabajar efectivamente en la prestación de servicios culturales.
d. Prestar servicios culturales, calificados como actividades de 2° categoría ante SII.
e. Que los ingresos que provienen de actividades distintas a prestación de servicios culturales, durante el año inmediatamente anterior no exceda del 35% de los ingresos de dicho año.
f. Desarrollar actividades de 2° categoría, en donde prime el trabajo personal – físico o intelectual – por sobre el empleo de capital.
Ronda.